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La Generalitat Valenciana apoya al Centro Especial de Empleo ‘Manantial Integra’

La Conselleria de Economía, Industria, Turismo y Empleo, a través de LABORA, Servicio Valenciano de Empleo y Formación, ha concedido al Centro Especial de Empleo Manantial Integra una subvención destinada al fomento de la ocupación de personas con diversidad funcional o discapacidad en centros especiales de ocupación y enclaves laborales.

La ayuda se destina al mantenimiento de los 11 puestos de trabajo en las líneas de Manantial Integra en la Comunidad Valenciana: Limpieza y Nuevas Tecnologías (especializados en la creación de pÔginas web en todas sus variantes y diseño de la identidad corporativa de empresas y demÔs organizaciones).

El empleo es una oportunidad de inclusión social, pero, en EspaƱa,Ā la tasa de paro de las personas con diversidad funcional por problemas de salud mental alcanza el 85%. Para los trabajadores y trabajadoras de Manantial Integra, el empleo es una forma de mejorar sus condiciones de vida y tambiĆ©n de sentirse ciudadanos Ćŗtiles a la sociedad,Ā abandonando de este modo de manera efectiva el rol de ā€œenfermo mentalā€, que tanto estigma social produce.

 

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravaciónĀ  de donaciones a FUNDACIƓN MANANTIAL

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Ɖstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIƓN MANANTIAL EspaƱa, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de rĆ©gimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas FĆ­sicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas JurĆ­dicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 aƱos se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este lƭmite se podrƔn aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 aƱos inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en PaĆ­s Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona fĆ­sica o jurĆ­dica no residente en EspaƱa y obtienes rentas en nuestro paĆ­s, tienes tambiĆ©n un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

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Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/