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¿Existe estigma en salud mental? Fundación Manantial investiga el estigma que existe hacia la enfermedad mental

La mayoría de las personas con problemas de salud mental sufren, todavía, un estigma. Este estigma, ya sea sutil o muy explícito, se acompaña de prejuicios o discriminación, y provoca un daño importante en la persona que lo sufre y en su entorno.

La Unidad de Apoyo a la Investigación (UAI) de Fundación Manantial lanza un estudio en colaboración con el Hospital Clínico San Carlos que pretende obtener datos actualizados, con un cuestionario validado, sobre el estigma público que existe hacia la enfermedad mental en una muestra de profesionales de la salud mental y de la población general en España y en Latinoamérica.

Para que la muestra sea lo mayor posible, os animamos a compartir el enlace con usuarios/as, familiares, amigos, compañeros/as,… El único requisito para participar es tener más de 18 años.

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

Calcula cuánto te puedes desgravar.

Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a FUNDACIÓN MANANTIAL España te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta.

Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

¿Cómo hago para que mis donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL aparezcan automáticamente en el borrador de la Renta?

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/