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Descubre nuestro nuevo boletín «Manantial en la Comunidad» – agosto 2024

📢 ¡Ya está aquí el nuevo boletín «Manantial en la Comunidad» con las últimas novedades y actividades con las que promovemos la inclusión y el bienestar de las personas con problemas de salud mental en la comunidad.

Nuestro trabajo no se entendería sin la colaboración y participación en red. En esta edición de agosto 2024, te invitamos a sumergirte en una variedad de eventos y proyectos:

En Fundación Manantial, creemos que la colaboración y la participación en red son fundamentales para nuestra misión. Trabajamos incansablemente por la inclusión y el apoyo a personas con problemas de salud mental, y este boletín es una muestra de nuestro compromiso.

Lee el boletín completo aquí: «Manantial en la Comunidad – Agosto 2024»

Mantente al tanto de todas nuestras actividades y únete a nosotros en la construcción de una comunidad más inclusiva y solidaria. ¡No te lo pierdas!

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

Calcula cuánto te puedes desgravar.

Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a FUNDACIÓN MANANTIAL España te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta.

Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

¿Cómo hago para que mis donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL aparezcan automáticamente en el borrador de la Renta?

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/