Reflexiones: el blog de Fundación Manantial

“Aspectos jurídicos prácticos para el trabajo en salud mental”

Una formación totalmente necesaria para la realidad socio-jurídica en la que nos encontramos, sobre todo los recursos residenciales de salud mental. En ocasiones, las personas que trabajamos en este sector, nos encontramos arrastradas por el dinamismo de la residencia y nos es muy necesario poder pararnos a pensar y adquirir este tipo de conocimientos para poder trabajar de una manera más efectiva.

La ponente, María Fuster Blay, hace una aproximación realista pero, sobre todo, muy dinámica, añadiendo ejemplos y hablando con un lenguaje muy fluido, que pese a contemplar temas legislativos (que, en ocasiones, consideramos más densos), consigue que la formación sea muy dinámica.

En nuestro contexto en concreto, encontrándonos en muchas ocasiones con casos similares a los ejemplos que compartía María y en un recurso en el que la mayoría de personas residentes se encuentran bajo incapacitaciones, este curso nos ha ayudado a repensar ya no solo en la intervención o los derechos de las personas, sino también en casos concretos que, en ocasiones, nos cuesta ver con una mirada más crítica.

Sandra Rojo Ávila. Residencia Santa Ana de Vila-real

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Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

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Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a FUNDACIÓN MANANTIAL España te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta.

Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

¿Cómo hago para que mis donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL aparezcan automáticamente en el borrador de la Renta?

Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.

Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/