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«Luciérnagas», cortometraje finalista de los Premios Fugaz 2024

El cortometraje documental Luciérnagas, de Fundación ManantialLopezLi Films, ha sido seleccionado como finalista de los Premios Fugaz 2024. Ahora los 50 trabajos nominados pasarán a ser valorados por la Comisión de más de 1.500 profesionales del sector que decide los galardones. La gala de entrega de premios se celebrará el 18 de junio a las 20:00 horas.

Luciérnagas ofrece una mirada nueva, menos recelosa y más humana de las personas con problemas graves de salud mental.

Los protagonistas son luciérnagas que conviven con el sufrimiento mental y desde la oscuridad luchan para ser vistas, aceptadas e integradas. A los que albergan la esperanza de que algo les cure de la realidad, les queda un sueño: formar parte de ella.

En diciembre de 2023 se pre estrenó ante 200 personas en la Sala Azcona de Cineteca Madridcon la colaboración del Ayuntamiento de Madrid y Madrid Destino.

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

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Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

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Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/