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Fundación Manantial participa en la “I Jornada de la Red Española de IPS”

Fundación Manantial ha participado en la I Jornada de la Red Española de IPS: Constitución de una comunidad para el empleo de las personas con trastornos mentales graves: Compartir retos y experiencias celebrada en Santa Cruz de Tenerife.

Organizada por la Escuela de Servicios Sanitarios y Sociales de Canarias (ESSSCAN) su objetivo es crear un espacio de encuentro y crear lazos entre entidades de diferentes comunidades autónomas (Canarias, Cataluña, Andalucía, Valencia y la Comunidad de Madrid), que implementan proyectos con orientación IPS.

La jornada ha culminado en la creación formal de la red española de «IPS comunidad de aprendizaje» y su fortalecimiento, creando debates comunes, propuestas y un programa de acción de trabajo futuro. 

José Pablo Calderón y Diana Torres, profesionales del Centro de Rehabilitación Laboral “Fuenlabrada”, han compartido con los compañeros de la Red y asistentes “La experiencia de inserción laboral desde el proyecto de Empleo Joven de Fuenlabrada”, con una orientación de acceso rápido a empleo y cercana a los principios de la metodología IPS, que se establece como un predictor de empleo competitivo, en el que a través de la experiencia del trabajo se construye un sentido de agencia individual y subjetivo.

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Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

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Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/