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El informe #Rayadas, publicado en el Boletín de Calidad e Innovación de la Comunidad de Madrid

La Comunidad de Madrid ha publicado en su Boletín de Calidad e Innovación de marzo nuestro «Informe #Rayadas: La salud mental de la población joven en España».

En esta publicación, Sara Toledano, directora Técnica y de Innovación de Fundación Manantial y responsable de este informe, ha señalado que «el aumento de ansiedad, depresión, ideas de suicidio, problemas relacionados con la alimentación o autolesiones, son los signos más visibles y alarmantes de la extensión del malestar emocional en la población joven«.

Asimismo, ha destacado datos relevantes de este estudio, como que «el malestar emocional se expresa con más frecuencia a través de determinados sentimientos desde el punto de vista de los/as jóvenes: tristeza, inseguridad, soledad y preocupación excesiva. Un 47,1% de los/as jóvenes entre 16 y 24 años se siente nervioso o inquieto siempre o muchas veces. El 43,2% no puede dormir con frecuencia o nunca».

Descarga nuestro «Informe Rayadas: La Salud mental de la población joven en España».

Accede al Boletín de Calidad e Innovación de la Comunidad de Madrid. 

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

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Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
  • Si eres persona física o jurídica no residente en España y obtienes rentas en nuestro país, tienes también un beneficio fiscal por el importe de tus donativos. Puedes consultarlo en https://sede.agenciatributaria.gob.es/

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Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/