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Deducción y desgravación de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL
Calcula cuánto te puedes desgravar.
Si has decidido hacerte socio o realizar un donativo puntual a FUNDACIÓN MANANTIAL España te informamos que puedes desgravarte estas donaciones de tu declaración de la renta.
Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.
Personas Físicas (IRPF)
Primeros 250€
Resto a partir de 250€
Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*
Límite deducción base liquidable
Porcentaje de deducción
80%
40%
45%
0%
*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
Personas Jurídicas (IS)
Donaciones en general
Donaciones plurianuales*
Límite deducción base imponible**
Porcentaje de deducción
40%
50%
15%
*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.
**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.
¿Cómo hago para que mis donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL aparezcan automáticamente en el borrador de la Renta?
Recuerda que para que podamos informar a la Agencia Tributaria del importe de tus cuotas y donativos es imprescindible que nos hayas facilitado tu NIF y domicilio.
Si quieres ampliar la información sobre estos beneficios fiscales, por favor, consulta la web de la Agencia Tributaria: https://sede.agenciatributaria.gob.es/