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Fundación Manantial pone en marcha una vivienda de protección internacional

Este mes de febrero, Fundación Manantial abre un recurso habitacional especializado en el que se cubren las necesidades básicas de cinco personas solicitantes o beneficiarias de Protección Internacional con problemas de salud mental y dificultades económicas. El equipo de profesionales de Manantial les acompaña en su proceso de adquisición de autonomía e integración en la sociedad española.

Esta vivienda, puesta en marcha en colaboración con ACCEM, entidad que trabaja para mejorar la vida de las personas refugiadas, da continuidad a la atención ya se les estaba ofreciendo desde el año 2023 en las Residencias «Fuenlabrada» y «Torrejón» que gestiona Fundación Manantial para este grupo de personas que presentan múltiples vulnerabilidades.

Este recurso se suma a la atención que lleva ofreciendo Fundación Manantial a las personas refugiadas desde 2022, cuando la entidad puso en marcha el proyecto Pryvit (‘Hola’ en ucraniano) de acompañamiento social para el fomento de la autonomía y la inclusión social y laboral de personas refugiadas con trastorno mental procedentes de Ucrania en la Comunidad de Madrid. Este programa cuenta con el apoyo de la Agencia Madrileña de Atención Social (AMAS) y con la subvención de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales con cargo al 0,7 % del IRPF y al Plan Corresponsables.

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Desgravación fiscal

Deducción y desgravación  de donaciones a FUNDACIÓN MANANTIAL

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Éstas son las deducciones aplicables a las donaciones que se realices a partir de 1 de enero de 2024 a favor de FUNDACIÓN MANANTIAL España, con la entrada de vigor del Real Decreto-Ley 6/2023, de 19 de diciembre, que modifica la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Personas Físicas (IRPF)

Primeros 250€

Resto a partir de 250€

Resto a partir de 250€ en Donaciones plurianuales*

Límite deducción base liquidable

Porcentaje de deducción

80%

40%

45%

0%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

Personas Jurídicas (IS)

Donaciones en general

Donaciones plurianuales*

Límite deducción base imponible**

Porcentaje de deducción

40%

50%

15%

*Cuando durante 3 años se realicen donaciones a una misma entidad por importe igual o superior al del ejercicio anterior.

**Las cantidades que excedan de este límite se podrán aplicar en los periodos impositivos que concluyan en los 10 años inmediatos y sucesivos.

  • Si resides en País Vasco o Navarra las deducciones puede ser aplicables.
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